domingo, marzo 01, 2009

Reflexiones Peruanas Nº 241: A un Año de la Ordenanza Nº 002


-¿Está diciendo que una escolar embarazada debe seguir en el colegio? ¡Eso es fomentar la inmoralidad!

Así se expresaba hace unos meses un funcionario del sector Educación en una ciudad andina. Seguidamente, otro señaló que un colegio tenía la obligación de expulsar a los estudiantes que tuvieran una orientación homosexual.

Estas intervenciones demuestran cuán necesario es que los gobiernos locales y regionales enfrenten los prejuicios de sus funcionarios. Para ello, un cuerpo normativo específico, como las Ordenanzas contra la discriminación, es un instrumento fundamental.

Hace un año, el 29 de febrero de 2008, se publicó la Ordenanza 002-2008 de la Municipalidad Provincial de Abancay, la primera que prohibió la discriminación en todas sus formas. Hasta entonces, solamente las municipalidades de Magdalena y San Miguel (Lima) y Cayma (Arequipa) se ocupaban de la discriminación, pero en lo referido a locales abiertos al público.

La Ordenanza 002 fue la primera norma en el Perú que definió como discriminación al acto que tiene como intención o efecto excluir, tratar como inferior a una persona, o grupo de personas, sobre la base de su permanencia a un grupo social y que tiene como objetivo disminuir sus oportunidades y opciones o anular o menoscabar el reconocimiento de sus derechos. Hasta entonces, la legislación peruana sólo consideraba discriminatorios los actos donde pudiera probarse la ‘intención de discriminar’ y esto normalmente resultaba muy difícil.

Otro aporte importante de la Ordenanza 002 es que por primera vez se incluyó causales muy serias de discriminación como la orientación sexual, la condición de salud y la actividad, que afecta especialmente a las trabajadoras del hogar. Estableció que tampoco podrá haber discriminación por indocumentación, señalando que el DNI no debe ser exigido para ingresar a instituciones públicas o privadas. De hecho, a las pocas semanas, el Gobierno Regional de Apurímac dejó de solicitar DNI a las personas que pretendían ingresar a sus oficinas. Meses después dictó su propia Ordenanza Regional contra la discriminación, que aborda temas como la salud, el trabajo y la educación. Precisamente, yo estaba explicando esta Ordenanza a los funcionarios de la Dirección Regional de Educación, cuando me topé con las expresiones que mencioné al comienzo de este artículo.

La Ordenanza 002 ha incentivado el manejo del quechua por parte del personal de la Municipalidad, que también está tajantemente prohibido de emplear expresiones discriminatorias, disponiéndose que si incurrían en dicha conducta serían sancionados. La Municipalidad se comprometió a denunciar ante el Ministerio Público a los funcionarios discriminadores, para que sean sancionados según el artículo 323 del Código Penal, que establece una pena de hasta 4 años de prisión.

Un aspecto muy positivo de la Ordenanza 002 es que ha servido como modelo y, así, en los los siguientes meses, se promulgaron Ordenanzas contra la discriminación en Huamanga, Jesús Nazareno y San Juan Bautista (AY) Andahuaylas (AP), Huancayo y Matahuasi (JU), Sullana y Catacaos (PI), Miraflores y Jesús María (LI), todas con el mismo enfoque integral.

Este año 2009, las primeras entidades en publicar Ordenanzas contra la discriminación han sido el Gobierno Regional de Lambayeque y la Municipalidad de Chanchamayo. Ambas normas abordan los derechos lingüísticos de sectores tradicionalmente marginados: en Lambayeque, los quechuahablantes de Incahuasi y Cañaris y en Chanchamayo, la población asháninka.

Muchas Ordenanzas presentan aportes que luego son asumidos en otros lugares. De esta forma, la Municipalidad de Sullana fue la primera en exigir carteles contra la discriminación en establecimientos que atiendan al público y esta iniciativa fue recogida también en Miraflores y Jesús María. Ahora estos carteles se ven en lugares tan diferentes como el Centro Peruano Japonés, Larcomar, Metro o el Banco Financiero. Pronto aparecerán también en quechua, con la leyenda “Kay Llaqtawasipi hina lliw Perupi mana Saruchakuy Kananchu”

Hace unos años, muchas autoridades negaban la existencia de la discriminación, porque parecía parte del “orden natural” de las cosas. Ahora, cada vez hay más alcaldes y regidores que buscan combatirla. Hace unas semanas, un grupo de regidores de diversas provincias del Cusco se comprometieron a que pronto sus municipalidades tendrían también estas Ordenanzas.

Los talleres para difundir las Ordenanzas entre funcionarios, empleados municipales e integrantes del Serenazgo tienen mucha importancia. En el caso de los funcionarios de Educación de Apurímac, creo que convencí a algunos que existía una visión distorsionada de la moral y de que dichas expulsiones eran muy injustas. A los demás, en todo caso, les quedó claro que expulsar o maltratar a un alumno por esos motivos es ilegal.

Precisamente, por eso es tan importante contar con normas locales contra la discriminación, para que sea por una convicción o por temor a la sanción, vayan generando un cambio de conducta. Esperemos que cada vez más municipalidades y gobiernos regionales se sumen a este camino.

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