RP 461: Calicatas y Territorios Ancestrales
Para
muchas personas, los términos “comunidades nativas” y “pueblos indígenas” son equivalentes,
pero en realidad son conceptos muy diferentes.
Un pueblo indígena está unido por
una serie de elementos culturales, como el idioma, la cosmovisión, las
tradiciones. Son pueblos indígenas los
shipibos, los awajún o los asháninkas, todos los cuales vivían en la selva
desde mucho antes que se formara el Estado peruano.
En
cambio, una comunidad nativa es una
aldea o poblado, donde residen algunas familias indígenas. De esta manera, los integrantes de cada
pueblo indígena viven divididos en decenas o a veces centenares de comunidades
nativas diferentes, cada una con su título de propiedad y sus autoridades.
Estas
comunidades nativas son el resultado de una política gubernamental, que comenzó
en 1974, cuando el gobierno de Velasco dispuso que los indígenas amazónicos se
agruparan en comunidades, a semejanza de las comunidades campesinas de la
sierra y la costa. Mediante la
agrupación en comunidades, se planteaba que
los indígenas tuvieran una cantidad de tierra adecuada para sus actividades
agrícolas y de subsistencia, mientras el
resto de su territorio ancestral quedaba disponible y bajo el dominio del
Estado. Podía ser otorgado a colonos o
inclusive ser entregado en concesión para la actividad petrolera, que entonces
comenzaba en la Amazonía.
La
Ley de Comunidades Nativas dispuso además que en los títulos de propiedad se incluyera
también las tierras donde los indígenas realizaban sus migraciones
estacionales. Sin embargo, los
funcionarios estatales siempre eran muy renuentes a ello, porque les parecía
que era tierra desperdiciada. La concepción
“la tierra es de quien la trabaja”, empleada durante la Reforma Agraria para
entregar la tierra de las haciendas a los campesinos andinos terminó siendo
usada en contra de los derechos de los indígenas amazónicos sobre sus territorios
ancestrales.
Aunque
la estructura comunal era ajena a los indígenas y con los nuevos títulos ellos
perdían el control legal sobre parte importante de sus antiguos territorios,
aceptaron el proceso de sedentarización, porque les permitía una serie de
beneficios, especialmente los títulos de propiedad y contar con escuelas para
sus hijos. En las zonas que no estaban
tituladas a nombre de ninguna comunidad, seguían realizando actividades
tradicionales como la caza o la recolección de plantas medicinales.
En
1978, el gobierno de Morales Bermúdez dispuso que a las nuevas comunidades
nativas ya no se les entregaría las zonas forestales en propiedad, sino en
cesión en uso. Es decir que el Estado
retendría la propiedad sobre dichas áreas.
Esta decisión vulnera el principio del territorio integral de los
indígenas, que ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos en
sucesivas sentencias.
Inclusive,
en varios casos, los funcionarios encargados de la titulación de una comunidad
nativa, han declarado que toda su área es forestal, por lo que la comunidad no
recibe título de propiedad ni siquiera sobre un metro cuadrado. Es comprensible que los nativos se sientan
despojados de su propio territorio. Es
más, algunos funcionarios dicen ahora que los indígenas no deberían ser
consultados por las acciones que el Estado realice en las tierras forestales.
La
titulación de las comunidades nativas es ahora además mucho más compleja y
costosa, porque en el año 2009, el mismo año de las protestas de Bagua, el régimen de García dispuso que la clasificación de uso de suelos
se realice mediante un estudio geológico a través de las llamadas calicatas,
que son unos pozos, que deben ser excavados.
De ellos se toman muestras de tierra y se envían a Lima para ser
analizadas y así determinar cuáles son las áreas forestales y no serán
entregadas en propiedad. Nada de esto
se exige a quienes no son nativos y también reciben títulos sobre tierras
amazónicas.
A
esto se añade, claro, que el Estado nunca asume los costos de la titulación y
los indígenas tampoco cuentan con recursos para hacerlo, por lo que debe ser
financiada por ONGs o la cooperación internacional. “Ahora cuesta más de 10,000 dólares”, dice
un dirigente awajún. La transferencia
de la titulación a los gobiernos regionales no ha abaratado los costos, porque
la clasificación de tierras se sigue haciendo en Lima.
Entretanto,
cuarenta años después de las primeras titulaciones, en muchas comunidades las
tierras asignadas se han vuelto son insuficientes frente al crecimiento
poblacional. Muchas comunidades están pidiendo que el
Estado les reconozca la ampliación de su territorio. En otros casos, las familias indígenas sin
tierras se trasladan a otras zonas dentro de los territorios ancestrales y
piden ser reconocidas como comunidades, enfrentando procesos que pueden durar
largos años.
El
Estado peruano entonces tiene una deuda pendiente hacia los pueblos indígenas
amazónicos: garantizarles la propiedad de sus tierras. A nuestro modo de ver, esto implica también
devolverles la propiedad sobre sus tierras forestales, eliminado las figuras
legales que las retienen en poder del Estado.
…
Agradezco
a Ermeto Tuesta, del Instituto de Bien Común, por la valiosa
información que me permitió elaborar esta RP.
Etiquetas: Amazonía, calicatas, comunidades campesinas, comunidades nativas, Instituto de Bien Común, Morales Bermúdez, pueblos indígenas, tierras forestales, titulación, Velasco
0 Comments:
Publicar un comentario
<< Home