lunes, julio 13, 2009

Reflexiones Peruanas Nº 260: Buena presencia, menor de 30 años

Hace más de 10 años, la Ley 26772 prohibió la discriminación en las ofertas de empleo, señalando que sólo podía haber requisitos objetivos, como manejar el quechua para trabajar en una zona rural. El Decreto Supremo 002-98-TR precisó además que la preferencia subjetiva de los clientes no era un criterio objetivo (artículo 4), por lo que ninguna empresa podía argumentar que los clientes preferían ser atendidos por personas blancas o de determinada edad. Tampoco son un criterio objetivo los costos que pueda generar la contratación de una persona, aludiéndose a la discriminación que pueden sufrir las mujeres, especialmente si son casadas, por las licencias relativas a la maternidad.


Durante los primeros años de vigencia de estas normas, la abrumadora mayoría de empleadores hizo caso omiso, gracias a la pasividad de los funcionarios del Ministerio de Trabajo. Muchos avisos mantenían la frase “buena presencia”, un eufemismo para indicar que los rasgos físicos eran tomados en cuenta, encubriendo una selección de carácter racial.


Ante la inacción estatal, desde hace varios años, quienes promovemos la lucha contra el racismo decidimos dirigirnos directamente a las empresas que vulneraban la ley. Desde el año 2006, además, las cartas de advertencia incluyen una referencia al artículo 323 del Código Penal, que señala una sanción de hasta tres años de prisión para los que cometan el delito de discriminación.


Tanto en Lima, como en Huancayo, Abancay, Chiclayo y Ayacucho, estas cartas han logrado que bancos, pastelerías, tiendas de ropa o de electrodomésticos se disculpen, señalen que trataba de “errores involuntarios” y declaren que no lo volverán a hacer, como efectivamente cumplen. Muchas empresas además han publicado avisos rectificatorios, para que no queden dudas sobre su propósito de enmienda. De esta norma, sin que, por ahora, sea necesario sancionar a nadie, se ha ido logrando un cambio marcado en la conducta de los anunciantes.


Conforme iba desapareciendo la “buena presencia” de los avisos, decidimos enfrentar todos los demás requisitos discriminatorios, como sexo, universidad de origen, estado civil… y el más frecuente de todos, edad.


Efectivamente, pese a la referencia taxativa en la ley 26772 y en el Convenio 111 de la OIT, estudios de abogados, instituciones que difunden norma legales, notarías, colegios prestigiosos y filiales de transnacionales restringían a determinados rangos de edad la selección de secretarias, ingenieros, trabajadores de limpieza, abogados o psicólogos.


Como en el caso anterior, después de comunicarnos con ellas, todas estas entidades hicieron mea culpa, aunque algunas intentaron esgrimir razones: “Alguien de más de 35 años no puede viajar a la sierra”, me dijeron en una empresa dedicada a la venta de insumos mineros. Yo les recordé que en la sierra vive mucha gente mayor de esa edad. “Yo vendo artículos deportivos y por eso quiero personal menor de 25 años”, me dijeron en una tienda de Plaza San Miguel. Hubo que explicarles que en el Perú practica deportes gente de toda edad. “Un empleado de más de 27 años es un lastre” fue la primera reacción del propietario de una cadena barranquina de locales nocturnos. En el fondo, este requisito se basa en la percepción que a más joven sea una persona tiene menos expectativas salariales.


En este lapso, algunas instituciones estatales han publicado avisos similares, pese a que el artículo 323 sanciona con cuatro años de prisión a los funcionarios involucrados. Por ejemplo, en octubre pasado, tuve que entrevistarme con el Jefe del Instituto Nacional Penitenciario debido a un aviso que solicitaba psicólogos y sociólogos menores de 35 años. Me quedé perplejo frente a sus argumentaciones iniciales: “Una persona de 40 años no va a viajar fuera de Lima. Estará muy apegado a su familia y no sabe obedecer”. Finalmente, señaló que se evaluaría a todos los postulantes, sin límite de edad.


La entidad estatal que conserva estos criterios es la Academia Diplomática, que exige a sus postulantes un máximo de treinta años de edad que no existe en los demás países latinoamericanos o europeos. Siendo un requisito claramente discriminatorio, ha motivado una acción legal contra la Academia que ha llegado a la Corte Suprema, donde se encuentra pendiente de decisión.


Mientras el requisito de edad también va desapareciendo de los avisos de los diarios, sigue pendiente el problema del proceso de selección en sí mismo. Lan Perú, por ejemplo, ha aceptado inclusive nuestro pedido de retirar el requisito de “fotografía reciente”, pero todas las personas que trabajan en los mostradores del aeropuerto tienen la misma pigmentación. Varios bancos tienen también criterios similares.


El Decreto Supremo 019-TR-2006 considera una infracción muy grave la discriminación en la selección del personal, inclusive de manera indirecta. Sin embargo, hasta el momento ningún inspector del Ministerio de Trabajo parece interesado en comprobar prácticas discriminatorias. Al parecer, como en las ofertas de empleo, sin una intervención de la sociedad civil no será posible lograr el cumplimiento de la ley.

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7 Comments:

At 7:57 a. m., Blogger píabelén said...

No solo en el diario el Comercio.
Casi todas las bolsas de trabajo peruanas de internet tienen esta clase de "requisitos" dentro de sus anuncios.
Incluso la bolsa de trabajo: Universia Perú, que es (me parece) un portal del estado tiene estos comentarios...

 
At 3:58 p. m., Anonymous Anónimo said...

Criterios de selección como edad, sexo o talla son totalmente objetivos (puede determinarse si se cumple el requisito con total certeza, siendo irrelevante la identidad del evaluador). En todo caso, lo que podría argumentarse es que su exigencia no es razonable o justificada, dado el puesto de trabajo ofrecido.
De otro lado, los avisos son la punta del iceberg. De nada sirve que se cambien avisos, si en el fuero interno de los evaluadores (ahí donde no se puede ingresar) se decide incluir los factores "discriminatorios" junto a otros al momento de seleccionar personal. Fiscalizar a la luz de resultados de la selección es peligroso y presume de manera absoluta que los elegidos no tienen mayor mérito que los que no lo fueron. Finalmente, entre dos personas con iguales competencias, el empleador es libre de escoger, no pudiéndosele obligar a escoger al que no tiene "buena presencia".
El cambio, en mi opinión, no va a ser causado por cartas para modificar avisos, sino en capacitación para que el mérito profesional incline la balanza ante cualquier posibilidad de prejuicio o discriminación.

 
At 1:08 p. m., Anonymous Anónimo said...

Lo felicito por que es la primera vez que alguien escoje como tema de discriminación a la Academia Diplomatica, centro de formación de nuestros diplomaticos que cuando estan en el exterior se olvidan de sus compatriotas, ojala que la edad se elimine y entre gente capazpara comenzar el cambio que necesitan nuestros compatriotas en el extranjero

 
At 7:02 a. m., Anonymous Anónimo said...

Es cierto la Sociedad Civil es la que sale a la palestra a enmendar la plana, al respecto como apoyara la institución donde labora en le caso que se encuentra ventilando en la Corte Suprema, por que sentaria un calro precdente juridico

 
At 9:06 a. m., Anonymous Anónimo said...

Este tema de la buena presencia, que sea menor de 30 años, la discriminación creo que no esta en el aviso, el aviso es la manifestación de una mentalidad discriminatoria que es la que debemos cambiar. Las empresas se disculparan, dirán que no volverán a hacer, es más, diran que tomarán medidas al respecto, pero en el fondo seguirán contratando las mismas personas de siempre. Por eso se debe cambiar la mentalidad, no tanto el aviso. En ocasiones, además, el perfil racial de algunas empresas puede ser exigido por el público: Yo he escuchado a un cliente decir: "Sabe qué, señor, mándeme otra persona, porque la que me ha enviado no me inspira confianza...", refiriéndose a un vendedor de rasgos mestizos.

La compañía me ha obligado a desechar candidatos simplemente porque el Area de Recursos Humanos ha establecido requisitos que deben cumplirse a rajatabla: "No queremos: menores de 26 años ni mayores de 50". "No queremos hombres solteros. Queremos mujeres casadas y si son divorciadas, mejor", "No queremos gente que en dos años ha cambiado mas de dos veces de trabajo, no importan las razones". "No queremos gente con maestría", "No queremos gente que tenga experiencia en el mismo rubro, porque pueden traer vicios de otras compañías", "No queremos mujeres con hijos pequeños". "No queremos gente que viva en los conos". La empresa ni siquiera se pone a leer un poco los curriculums o permite postular a los candidatos rechazados, pese a que muchos de estos requisitos no tienen nada que ver con la labor que la persona va a realizar

 
At 4:17 p. m., Anonymous Anónimo said...

Me parece interesante, es cierto en el Peru el caso de discrimacion hay en maneras solapadas (como en el caso de la academia)y otras no tanto como el de los hoteles de cuzco.

Megusto mucho tu reflexion y es cierto es algo que debe cambiar.

 
At 8:00 a. m., Anonymous Anónimo said...

Es verda aqui en el peru son los mas racistas y discriminatorios que he visto, trabaje varios anos en USA, como latina de padres ayacuchanos y nunca nadie me hizo menosprecios por como lucia, si era mujer o hasta coonsegui un trabajo de plataforma en el Banco de America cuando tenia 8 meses de embarazo. Si alguien me hubiese preguntado sobre mi embarazada barriguita lo hubiera podido demandar, pero vengo aqui a piura al banco continental para un miserable puesto de cajera y el manage del mismo me pregunta que si soy soltera, cuantos hijos tengo y si pienso casarme etc. y la final que porque tengo mas de 25 (28) no puedo trabajar

 

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