lunes, julio 13, 2009

Dos modelos de cartas contra la discriminación en las ofertas de empleo

Lima, 6 de abril de 2009

Señor

Gerente de Recursos Humanos


De nuestra consideración,


Nos dirigimos a usted para manifestarle nuestra preocupación en relación al aviso de empleo publicado por su empresa el domingo 5 de abril, en el diario El Comercio, en el que solicitan una secretaria de gerencia general que tenga “buena presencia”. En nuestro medio, esta última expresión se refiere a que se tomará en cuenta los rasgos físicos de los postulantes, siendo frecuente para llevar a cabo una selección laboral basándose en criterios raciales. En este caso, la exigencia de una fotografía reciente permite suponer que esta es la intención de la convocatoria.


Por ello, ponemos en su conocimiento que la Ley 26772 sobre ofertas de empleo prohíbe la presencia de requisitos discriminatorios y señala la necesidad de causales objetivas para seleccionar al personal. En este caso, coincidirán con nosotros en que los rasgos físicos de los postulantes no guardan ninguna relación objetiva con su capacidad para desempeñar las labores requeridas.


Les informamos que la Ley 27270 precisa que la sanción para la entidad infractora es de hasta 3 unidades impositivas tributarias y hasta un año de cierre del establecimiento. Este aviso también es una infracción al artículo 323 del Código Penal, que contempla penas de hasta tres años de prisión. De igual forma, este aviso vulnera la Ordenanza 294 de la Municipalidad de Miraflores que sanciona con una multa de una Unidad Impositiva Tributaria el uso de expresiones como “buena presencia” dentro del distrito[1]. Evidentemente, si cualquier postulante denunciara a su empresa por discriminación, habría graves consecuencias legales.


Ante esta posibilidad, creemos necesario que su empresa reaccione a la brevedad posible, de preferencia publicando un anuncio similar en El Comercio el siguiente domingo, señalando que no establece discriminación alguna al momento de contratar a su personal. Recomendamos finalmente capacitar al personal administrativo sobre las normas referidas a la discriminación en materia laboral.

Atentamente,






Lima, 10 de junio de 2009

Señor

Gerente de Recursos Humanos


De nuestra consideración,


Nos dirigimos a usted para manifestarle nuestra preocupación en relación al aviso de empleo publicado por su empresa el domingo 5 de abril, en el diario El Comercio, en el que solicitan un contador menor de 28 años. Este mismo requisito aparece en el portal Computrabajo.


Por ello, ponemos en su conocimiento que la Ley 26772 sobre ofertas de empleo prohíbe la presencia de requisitos discriminatorios y señala la necesidad de causales objetivas para seleccionar al personal. En este caso, coincidirán con nosotros en que la edad de los postulantes no guardan ninguna relación objetiva con su capacidad para desempeñar las labores requeridas.


Les informamos que la Ley 27270 precisa que la sanción para la entidad infractora es de hasta 3 unidades impositivas tributarias y hasta un año de cierre del establecimiento. Este aviso también es una infracción al artículo 323 del Código Penal, que contempla penas de hasta tres años de prisión. Evidentemente, si cualquier postulante denunciara a su empresa por discriminación, habría graves consecuencias legales.


Ante esta posibilidad, creemos necesario que su empresa reaccione a la brevedad posible, modificando el aviso existente en el portal Computrabajo y publicando un anuncio similar en El Comercio el siguiente domingo, señalando que no establece discriminación alguna al momento de contratar a su personal. Recomendamos finalmente capacitar al personal administrativo sobre las normas referidas a la discriminación en materia laboral.


Atentamente,



[1] Esta última referencia se puede hacer frente a entidades que tengan su sede en los distritos limeños de Miraflores y Jesús María, así como en las regiones de Apurímac y Ayacucho donde además de las normas nacionales existen Ordenanzas que sancionan estas prácticas.

Etiquetas: , ,